Vivus te lleva a un juicio monitorio: qué hacer
Tienes 20 días hábiles desde el día siguiente a la notificación del requerimiento de pago, y lo que hagas en ese plazo decide el resto. No responder no deja el asunto abierto: el letrado de la Administración de Justicia dicta un decreto que pone fin al monitorio y sirve de título ejecutivo. A partir de ahí el acreedor puede pedir la ejecución y, despachada esta, llegar al embargo de bienes y nómina. Oponerte de forma motivada lleva el asunto a juicio verbal u ordinario, donde la deuda sí se discute. Y con un microcrédito de Vivus hay motivo que alegar, porque el precio lo publica la propia entidad.
Lo que Vivus publica sobre su propio precio
En su web: «A modo de ejemplo, para un préstamo de 100€ a devolver en 30 días, los intereses serían de 35,1€, lo que equivale a una TAE del 3.752,4% y un TIN del 425,83%» (vivus.es, consultado el 28 de agosto de 2026).
| Referencia | TAE |
|---|---|
| Crédito al consumo (Banco de España) | uno o dos dígitos |
| Tarjetas revolving | ≈ 20 % |
| Ejemplo publicado por Vivus | 3.752,4 % |
Ese contraste es el que sostiene la oposición. La Ley de represión de la usura de 1908 declara nulo el préstamo con interés notablemente superior al normal del dinero, y el Tribunal Supremo (STS 628/2015 y STS 149/2020) manda comparar la TAE del contrato con el tipo normal del segmento del producto.
Conviene decirlo con precisión: esas sentencias resolvieron casos de crédito revolving y el Supremo no fijó en ellas ningún umbral numérico. El análisis es casuístico, y la distancia entre una TAE de cuatro cifras y las referencias del mercado es un argumento sólido, no una declaración automática de usura. Declarada la nulidad, tu obligación se limita al capital que te ingresaron.
Los 20 días son hábiles y empiezan a contar el día siguiente a la notificación judicial, no desde que abres el sobre. El plazo corre mientras decides, y la consecuencia de dejarlo pasar no es que el asunto siga discutiéndose: se cierra en tu contra.
Qué te reclaman y qué deberías
Declarada la nulidad, el cálculo no va partida por partida: es una cuenta neta. Devuelves el capital que efectivamente recibiste, y todo lo que ya hubieras pagado —por el concepto que sea— se descuenta de esa cifra. Si lo pagado supera el capital recibido, el exceso te lo devuelve el prestamista.
| Concepto | Cómo entra en la cuenta |
|---|---|
| Capital efectivamente ingresado | Es lo único que debes devolver |
| Todo lo pagado hasta ahora | Se descuenta del capital, sea interés, comisión o recargo |
| Si lo pagado supera el capital | La diferencia se te restituye |
De ahí que en préstamos encadenados la cuantía reclamada y la realmente debida puedan no coincidir: hay que rehacer la cuenta con todos los pagos delante. El tratamiento concreto de cada comisión de extensión depende de cómo se pactara, así que no todas se resuelven igual.
Las tres salidas del monitorio
El juicio monitorio está regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Ante el requerimiento caben tres respuestas:
- Pagar. Termina el procedimiento, y pagas también intereses y recargos reclamados.
- No hacer nada. Decreto que pone fin al monitorio y sirve de título ejecutivo, con el que el acreedor puede pedir la ejecución.
- Oponerte, motivando. El asunto continúa por juicio verbal u ordinario y la deuda se discute con pruebas.
La oposición hay que razonarla: no basta con manifestar desacuerdo. Si necesitas abogado y procurador para oponerte depende de la cuantía que te reclaman, así que compruébalo sobre tu caso antes de dar por hecho que puedes hacerlo por tu cuenta. Y que sea posible no significa que convenga: si el asunto sigue adelante, se discute con pruebas.
Reúne desde el primer día el contrato de cada préstamo, la información normalizada europea y los extractos bancarios con todos los pagos. Como parte del contrato tienes derecho a una copia, y pedir por escrito la documentación de tu préstamo lleva tiempo, así que conviene empezar cuanto antes.
Que la deuda esté en el juzgado no la valida
El monitorio se admite sobre un documento, y ese documento es el contrato cuya validez se discute. La presentación de la petición interrumpe además el plazo de prescripción, así que el reloj que corría a tu favor se detiene ahí.
Si Vivus cedió la deuda a un fondo de recobro, quien reclama es el titular actual. La cesión no sanea un contrato usurario: se discute igual. El detalle de la reclamación contra esta entidad, con sus cifras, está en la ficha de reclamar a Vivus; la doctrina completa, en la guía de reclamación de microcréditos.
Y la anotación en ASNEF
Si la misma deuda está además anotada en ASNEF, son dos frentes distintos. Una deuda discutida no debería figurar como cierta, y el requerimiento previo de pago es uno de los requisitos que se examinan. Cualquiera de las dos cosas puede hacer que la inclusión sea indebida, aunque no de forma automática: los tribunales lo valoran caso por caso. Cuando se aprecia, existen referencias del Supremo de 3.000 a 10.000 €, cifras que dependen de la duración de la anotación, de sus consecuencias y de la prueba aportada. La mecánica está en la guía de inclusión indebida. Tu informe ASNEF gratis te dice en minutos si la anotación existe, con informante, fecha e importe.
Preguntas frecuentes
Mi primer préstamo con Vivus fue sin intereses. ¿Eso me quita razón? No. Vivus ofrece hasta 300 € sin intereses ni comisiones en la primera contratación, y ese préstamo concreto no es usurario. Los posteriores y las extensiones de cualquiera de ellos sí se analizan, y son los que normalmente componen la deuda reclamada.
Se me han pasado los 20 días hábiles. ¿Ya está todo perdido? Es el peor escenario y conviene no minimizarlo: una vez despachada la ejecución, la ley limita lo que puede volver a discutirse después en un proceso ordinario sobre la cantidad reclamada en el monitorio o la obtenida con la ejecución. No des por hecho que podrás reclamarlo más adelante. Si estás en ese punto, revisa tu caso cuanto antes en lugar de esperar.
Me reclaman mucho más de lo que pedí. ¿Por qué? Suele deberse a extensiones de plazo, comisiones y recargos acumulados sobre un capital pequeño. Por eso el primer paso es desglosar la cuantía: cuánto se ingresó realmente y cuánto es coste.
¿Puedo oponerme y reclamar lo pagado a la vez? La usura puede alegarse como defensa frente a lo que te reclaman. Otra cosa es obtener una condena que obligue a Vivus a devolverte el exceso: eso normalmente exige plantearlo formalmente dentro del mismo procedimiento, con sus requisitos. Dejarlo para una reclamación posterior y separada tiene riesgo, porque puede chocar con los límites de lo que ya se discutió.
Fuentes y última actualización
- Última revisión: 2026-08-28
- Vivus.es — ejemplo representativo publicado en su web — recuperado 2026-08-28 (100 € a 30 días: 35,1 € de intereses, TAE 3.752,4 %, TIN 425,83 %; hasta 300 € sin intereses ni comisiones en la primera contratación, 7 a 30 días naturales)
- Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, artículos 812 a 818 — recuperado 2026-08-28 (procedimiento monitorio; plazo de 20 días hábiles; decreto con eficacia de cosa juzgada como título ejecutivo)
- Ley de 23 de julio de 1908, de represión de la usura — recuperado 2026-08-28
- Sentencias del Tribunal Supremo citadas: STS 628/2015, STS 149/2020
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